¿Me pueden despedir estando de baja médica? Novedades y normativa vigente (Ley 15/2022)

Recibir una carta de despido genera muchísima angustia, y si además estás atravesando un problema de salud, la situación se vuelve aún más delicada. Por otro lado, muchas empresas necesitan reestructurar su plantilla y dudan sobre qué acciones son legales si un trabajador se encuentra en Incapacidad Temporal (IT).

La pregunta del millón en Google y en los despachos de laboralistas es clara: ¿Es legal que me despidan estando de baja médica en España?


La respuesta corta es: Sí, se puede despedir a alguien de baja, PERO el motivo del despido nunca puede ser la propia enfermedad. Si la empresa te despide precisamente por estar de baja, la ley actual es tajante y castiga duramente esta práctica.


A continuación, analizamos qué dice el BOE, cómo ha cambiado la normativa y qué debes hacer, ya seas trabajador o empresa.




El gran cambio: La Ley 15/2022 y el Despido Nulo

Históricamente, si una empresa despedía a un trabajador de baja sin una causa justificada, el despido solía declararse improcedente. La empresa pagaba la indemnización correspondiente y la relación laboral terminaba. Sin embargo, las reglas del juego cambiaron radicalmente con la publicación en el BOE de la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.


Esta normativa incluyó expresamente la enfermedad o condición de salud como un motivo de discriminación. ¿Qué significa esto en la práctica laboral?

  • Si un juez determina que te han despedido por estar enfermo, el despido ya no es improcedente, sino nulo (por vulnerar derechos fundamentales).


Diferencias clave: Despido nulo vs. Despido improcedente

Para entender la gravedad del asunto, veamos las consecuencias de cada calificación jurídica:


DESPIDO IMPROCEDENTE

La empresa no justificó bien el despido. Puede elegir entre readmitir al trabajador o pagarle la indemnización legal (33 o 45 días por año trabajado). El contrato se extingue si elige indemnizar.


DESPIDO NULO

Existe discriminación (ej. despido por enfermedad). La readmisión es obligatoria. La empresa debe pagar los salarios de tramitación (lo dejado de cobrar desde el despido) y, frecuentemente, una indemnización extra por daños morales.





¿En qué casos SÍ te pueden despedir estando de baja?

Estar de baja médica no es un escudo protector absoluto. Si la empresa tiene motivos reales, legales y ajenos a tu estado de salud, el despido será perfectamente válido. Estos son los supuestos más comunes:


  • Causas disciplinarias previas o independientes: Si el trabajador ha cometido una infracción muy grave (robos, agresiones, acoso, transgresión de la buena fe) demostrable.
  • Causas objetivas: Si la empresa atraviesa problemas económicos graves, técnicos, organizativos o de producción y el puesto del trabajador se ve afectado por una reestructuración legal.
  • Fin de contrato temporal: Si estabas contratado por circunstancias de la producción o sustitución y la causa del contrato llega a su fin natural de forma legítima.


El reto para la empresa es demostrar con pruebas contundentes que la causa del despido no tiene absolutamente nada que ver con la baja médica.



Qué hacer si te despiden durante una incapacidad temporal

Si eres trabajador y recibes un burofax o una carta de despido mientras estás de baja, sigue estos pasos para proteger tus derechos:


1. Firma "No conforme": Si te entregan la carta en mano, añade la fecha del día, escribe "No conforme" y firma. Esto no significa que vayas a demandar seguro, pero te reserva el derecho a hacerlo.


2. Guarda todas las comunicaciones: correos, whatsApps, la propia carta de despido y los partes de baja.


3. Cuidado con los plazos: Tienes exactamente 20 días hábiles (descontando sábados, domingos y festivos) desde la fecha de efectos del despido para impugnarlo presentando la papeleta de conciliación.


4. Busca asesoramiento experto: Un graduado social analizará si la carta tiene defectos de forma o si carece de causa real, preparando la estrategia para buscar la nulidad.


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